Registro:
Elijas la forma que elijas para
publicar, lo primero es registrar tu obra. De esta manera quedará constancia de
su autoría. Y esto debes hacerlo nada más tenerla lista para su publicación,
antes de enviársela a nadie, editoriales o agentes.
Según la definición del
ministerio de cultura, “el Registro es un medio para la
protección de los derechos de propiedad intelectual de los autores y demás
titulares sobre sus obras, actuaciones o producciones. La inscripción registral supone una protección de los
derechos de propiedad intelectual, en tanto que constituye una prueba
cualificada de la existencia de los derechos inscritos.”
El registro no es obligatorio.
Las obras no registradas no dejan de estar protegidas por la ley, el autor no
queda totalmente desamparado. Pero el registro constituye una prueba frente a
terceros de la autoría de la obra, y en caso de tener que reclamar por un
posible plagio o uso no autorizado de tu obra, contar con la prueba que supone
el registro facilitará mucho las cosas.
En la página del Ministerio de
Cultura podéis encontrar toda la información necesaria así como los impresos
para llevar a cabo el registro:
Aquí puedes descargar la
solicitud y consultar las direcciones de las sedes para presentarla o incluso,
presentarla telemáticamente si dispones de certificado digital.
Cuesta, según las tasas vigentes
para este año (2013) 12,94€
Para alcance global puedes usar SAFE
CREATIVE. Es gratis en su versión más básica y también tienen planes que
ofrecen más opciones a un coste relativamente bajo.
Ofrecen registro para todo tipo
de obras. También para las entradas de tu blog.
¿Qué es el ISBN?
El International Standard Book Number abreviado ISBN, es un identificador único
para libros, previsto para uso comercial. Es un conjunto de 13 dígitos
que identifican tu obra y la encuadran dentro del amplio panorama de obras
publicadas (el código de país o lengua de origen, el editor, el número del
artículo y un dígito de control). Las editoriales disponen de un ISBN o varios.
Si publicas con una editorial, ellos te asignarán el ISBN correspondiente con
la publicación.
Las editoriales por encargo, tipo
Lulú o Bubok también ofrecen la asignación gratuita de un ISBN si publicas con
ellos.
Ojo. El ISBN no es obligatorio
para publicar un libro y tampoco supone un estándar de calidad ni protege de
alguna forma los derechos de autor.
Si decides publicar tú mismo tu
obra, puedes conseguir un ISBN de autoedición a través de la Agencia del ISBN.
Depósito legal:
El Depósito Legal tiene por
objeto recoger ejemplares de las publicaciones de todo tipo reproducidas en
cualquier clase de soporte y destinadas por cualquier procedimiento a su
distribución o comunicación pública, sea ésta gratuita u onerosa, con la
finalidad de cumplir con el deber de preservar el patrimonio bibliográfico,
sonoro, visual, audiovisual y digital.
Están obligados a solicitarlo los
editores e impresores o productores si el editor tiene su residencia fuera de
España.
Como autor no tienes que
solicitarlo tú mismo. En las publicaciones de impresión bajo demanda no es
obligatorio el depósito legal.
En las modalidades de coedición o
autoedición tradicional será la
editorial o el impresor los que soliciten el depósito legal de la obra.
Consulta este punto con la imprenta donde vayas a llevar tu obra.
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